El Poder Ejecutivo dictó los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026 para regular las reformas introducidas por la Ley de Modernización Laboral 27.802. Fueron publicados en el Boletín Oficial el 01/06/2026.
Decreto 407/2026: Simplificación, Control Digital y Negociación Colectiva
Se establecen cuestiones operativas y aclaraciones sobre diversos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, en pos de simplificar las cargas administrativas y dotar de mayor transparencia al costo laboral total.
Recibos de Haberes y Trazabilidad
Se establecen esquemas digitales para los instrumentos de documentación laboral. El nuevo diseño de los recibos busca reflejar el costo laboral total asumido por la empresa, diferenciando explícitamente los conceptos de la relación de trabajo y el neto percibido por el empleado.
Control de Enfermedades (Art. 210, LCT)
El ausentismo por motivos de salud se digitaliza por completo. Las prescripciones médicas que ordenen reposo deberán ser emitidas mediante plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDIS) y suscritas por profesionales acreditados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS). En caso de discrepancias insalvables, las partes quedan habilitadas para recurrir a juntas médicas oficiales o institutos públicos y privados de reconocida trayectoria.
Acuerdos Extintivos y Trámites Jubilatorios
Se aclara el alcance de las homologaciones en los mutuos acuerdos (Art. 241, LCT) celebrados ante la autoridad administrativa, reforzando la verificación de su legalidad y la justa composición de intereses. Asimismo, ANSES implementará un sistema informático de notificación del inicio y fin de trámites jubilatorios (Art. 252, LCT) para que los empleadores actúen de manera oportuna sobre el vínculo contractual y las coberturas de salud.
Plataformas Tecnológicas y Encuadre Sindical
Los servicios independientes de reparto y movilidad de personas quedan expresamente excluidos de la LCT. Se designa a la Secretaría de Transporte de la Nación como Autoridad de Aplicación de este régimen autónomo y a la Secretaría de Trabajo para dirimir eventuales convenios colectivos del sector.
Reforma en Asociaciones Sindicales
Modifica las pautas del Decreto 467/88. Exige una estricta proporcionalidad entre los miembros directivos sindicales y los afiliados cotizantes reales, permitiendo auditorías cruzadas automáticas con las bases públicas del SIPA. Fija en un 5% el umbral de superposición para resolver disputas de personería gremial y limita el uso del crédito horario sindical para no afectar la operatividad de los establecimientos.
Decreto 408/2026: Instrumentación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL)
La reglamentación del Título II de la Ley 27.802 define la arquitectura financiera que reemplazará al pago del esquema tradicional de indemnizaciones de la LCT para los nuevos contratos y aquellos que opten por este mecanismo.
Vehículos Financieros Autorizados
Los fondos se constituirán mediante cuentas individuales por empleador estructuradas como Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros, autorizados, supervisados y regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Inembargabilidad y Blindaje Patrimonial
La "Cuenta Individual del Empleador" será patrimonio separado, inalienable, inembargable y de afectación específica. Las políticas de inversión quedan limitadas a instrumentos emitidos y negociados en la República Argentina.
Mecanismo de Recaudación vía ARCA
El empleador deberá obtener de su Entidad Habilitada un identificador único denominado "ID FAL" y declararlo ante ARCA. El fisco centralizará la recaudación mensual integrándola en la Declaración Jurada de las obligaciones de la seguridad social a través de la CUSS.
Tratamiento Impositivo
- Las contribuciones al FAL serán deducibles del Impuesto a las Ganancias.
- Están exentas del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios las cuentas utilizadas exclusivamente por los FCI y fideicomisos financieros que instrumenten los FAL.
Decreto 409/2026: Régimen de Promoción del Empleo Registrado
Hace operativo el blanqueo y la regularización de las relaciones laborales vigentes en el sector privado que se encuentren no registradas o deficientemente registradas, iniciadas con anterioridad a la promulgación de la Ley 27.802.
Efectos del Blanqueo
El principal incentivo radica en una condonación de la deuda por capital e intereses generada por la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la Seguridad Social.
Facilidades de Pago
Los porcentajes específicos de condonación de deuda previsional se aplican gradualmente sobre los saldos determinados. ARCA implementará un Plan de Facilidades de Pago con condiciones financieras favorables para que las empresas regularicen su situación sin comprometer su capital de trabajo.