Por medio del Decreto PEN 566/2026, se fijó en el 0% la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) para determinadas mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).

Asimismo, se estableció una reducción gradual de la alícuota para otros productos, según el cronograma previsto en los anexos del Decreto.

Derivados del petróleo

Además, la norma modifica el régimen aplicable a determinados derivados del petróleo, adecuando los porcentajes utilizados para el cálculo de los Derechos de Exportación de acuerdo con un nuevo cronograma.