ARCA utiliza datos provenientes de billeteras virtuales y plataformas de pago para verificar si los contribuyentes del Monotributo están correctamente categorizados.
El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establece un sistema objetivo basado en ingresos, parámetros físicos y nivel de gastos. Actualmente la fiscalización se realiza mediante cruces automáticos de información digital.
Base legal
El artículo 20 del Anexo de la Ley 24.977 establece causales de exclusión de pleno derecho, entre ellas:
- Gastos personales incompatibles.
- Depósitos bancarios no acordes con los ingresos.
- Compras superiores a los límites permitidos.
El último párrafo del artículo permite al organismo realizar recategorizaciones de oficio cuando no corresponda exclusión automática.
El artículo 26 inciso c) permite ajustar la categoría cuando el contribuyente no se recategorizó correctamente.
En esos casos ARCA puede:
- Liquidar diferencias.
- Aplicar multa del 50%.
- Exigir pago retroactivo.
Régimen informativo digital
La Resolución General 4614 creó dos regímenes informativos vinculados a operaciones electrónicas.
Título I – Ventas electrónicas
Los procesadores de pago informan:
- CUIT del vendedor.
- Rubro.
- CBU o CVU.
- Monto total de operaciones comerciales.
- Comisiones.
Este régimen informa exclusivamente ventas.
Título II – Billeteras virtuales
Las billeteras virtuales informan:
- Altas y bajas.
- Saldos mensuales.
- Ingresos.
- Egresos.
Situaciones más frecuentes
Ventas mayores a las declaradas
Cuando las ventas electrónicas superan los ingresos declarados, ARCA puede ajustar la categoría.
Si se supera el límite de la categoría máxima, puede producirse la exclusión del Monotributo.
Movimientos incompatibles
Cuando los ingresos o saldos detectados no coinciden con la capacidad económica declarada, pueden aplicarse los incisos del artículo 20.
Gastos elevados
Cuando los gastos superan los porcentajes permitidos, puede corresponder exclusión o recategorización.