ARBA actualizó las condiciones para acceder al mecanismo conocido como "Riesgo 0, SAF 0", destinado a evitar la acumulación excesiva de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La modificación fue introducida mediante la Resolución Normativa 18/2026 y comenzó a aplicarse sobre los nuevos padrones confeccionados por el organismo.

¿Qué es Riesgo 0, SAF 0?

El régimen permite recalcular las alícuotas de retención y percepción aplicadas a determinados contribuyentes que presentan buen comportamiento fiscal. El objetivo es que los anticipos de Ingresos Brutos se aproximen al impuesto que efectivamente corresponde ingresar.

De esta manera se busca evitar que empresas, comercios y profesionales acumulen permanentemente saldos a favor que luego deben solicitar en devolución o compensar.

¿Qué nuevos controles agregó ARBA?

A partir de la modificación, ARBA verificará que el contribuyente:

  • No registre deudas declaradas y no abonadas, no prescriptas, correspondientes a su actuación como agente de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • No registre deudas no prescriptas por tributos administrados por ARBA superiores a $10.000.000 cuando, además, ese importe exceda el promedio del Impuesto sobre los Ingresos Brutos determinado durante los últimos cuatro anticipos vencidos.

Estas condiciones se suman a los requisitos que ya existían para acceder al mecanismo.

¿Por qué puede ser importante para una empresa?

Los regímenes de retención y percepción pueden provocar que una empresa adelante al fisco un importe superior al impuesto que finalmente debe ingresar. Cuando esto ocurre de manera constante se genera un saldo a favor que afecta directamente el capital de trabajo.

Según informó ARBA durante julio, el régimen ya permitió evitar la inmovilización de más de $8.400 millones en saldos a favor y más de 10.000 contribuyentes accedieron al recálculo automático de sus alícuotas.

¿Qué conviene revisar?

Las empresas alcanzadas por regímenes de retención y percepción deberían controlar periódicamente:

  • El saldo a favor acumulado.
  • Las alícuotas aplicadas.
  • La existencia de deuda tributaria.
  • Su situación como agentes de recaudación.
  • La posibilidad de acceder al régimen.

Una correcta planificación puede evitar que parte del flujo financiero de la empresa permanezca inmovilizado innecesariamente en saldos fiscales.